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QUE ES LA LEY DE COMPENSACION DE TRABAJADORES?
Es el pago de tres separados beneficios cuando el trabajo le causa o empeora una condición medica:
1. Incapacidad Temporaria- Ingreso mientras usted esta incapacitado para trabajar.
2. Tratamiento Medico- Todos los cargos médicos para tratar su daño y enfermedad.
3. Incapacidad Permanente Parcial- Pago por perdida de función física que le puede afectar en el trabajo o en actividades personales.
¿QUE PASA SI ME LECIONO EN EL TRABAJO?
Para mejor proteger sus derechos usted siempre debe reportar cualquier golpe, daño o herida a su supervisor aunque usted piense que el daño no sea serio. Si recibe tratamiento medico, asegurase de decirle al doctor que el golpe o accidente le sucedió en el trabajo. Si su daño en el trabajo es un empeoramiento de una condición medica que ya existía, ese daño pude ser un reclamo de compensación de trabajadores valido.
¿PUEDO COLECTAR BENEFICIOS AUNQUE EL GOLPE FUESE ME CULPA?
Si! Los beneficios de compensación de trabajadores son recompensable si consideración a quien es culpable. Lo único que consideran es si la condición medica fue causada o empeorada por el empleo. Si el incidente fue culpa de otra persona en el trabajo, usted tiene el derecho de solicitar una denuncia además de recibir los beneficios de compensación de trabajadores.
¿CUANTO TIEMPO TENGO QUE ESTAR EMPLEADO PARA SER ELIGIBLE PARA LA COMPENSACION DE TRABAJADORES?
Usted es elegible para compensación de trabajadores desde el momento que usted es empleado. Todo trabajador en Nueva Jersey tienen el derecho a beneficios de compensación de trabajadores sin importar lo grande que sea la empresa o el tiempo que ha estado empleado en dicha empresa.
¿QUIEN TIENE DERECHO A INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL?
Incapacidad Permanente Parcial es compensación por cualquier perdida de función física y permanente. Cualquiera que tiene un daño que es considerado mas que una “simple” torcedura puede ser elegible. Este reclamo tiene que ser perseguido dentro de la Corte De Compensación de Trabajadores. El Juez hace la decisión final si usted tiene el derecho o no, aunque usted haiga recibido pago parcial de su empleador.
¿CUANTO PUEDO RECIBIR POR INCAPACIDAD TEMPORARIA?
Setenta porciento de su ingreso hasta un máximo que cambia todos los anos. Si usted es un empleado del estado, usted puede ser elegible por su ingreso completo por un tiempo de un año. Si usted es un empleado con Unión, usted puede tener beneficios de pagos dependiendo del arreglo de la colectiva.
¿QUE GASTOS ESTAN CUBIERTOS BAJO “TRATAMIENTO MEDICO?
Casi cualquier cargo medico que usted se puede imaginar incluyendo cuentas de doctores, cuentas de hospitales, exámenes diagnósticos, medicaciones, aparatos, ortopédicos, terapia física y otros gastos que se pueden categorizar como gastos “médicos.”
¿CUANDO DEBO PONERME EN CONTACO CON ABOGADO?
Lo mas pronto posible! Usted debe hablar con un abogado de compensación de trabajadores con experiencia. Bajo la ley a usted no le pueden cobrar por una consulta. A cualquier hora que tenga una pregunta acerca de compensación de trabajadores, llama a nuestra oficina at 866-327-2952 o puedes mandar un correo electrónico a jr@djd.law.

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