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¿Sabía usted que Nueva Jersey tiene una de las leyes más estrictas sobre violencia doméstica del país?  ¡En Nueva Jersey, las órdenes de alejamiento son para toda la vida!  Sí, escuchó bien.  En la mayoría de los estados, como California y Nueva York, las órdenes de alejamiento suelen otorgarse por 5 años. El motivo por el cual Nueva Jersey se toma tan en serio el tema de la violencia doméstica es porque se la considera un delito. La violencia doméstica es la responsable de la mayor cantidad de lesiones a las mujeres que cualquier otra causa, más que las lesiones causadas por violación y accidentes de tránsito juntas. En algunos casos, la violencia doméstica conduce a la muerte.

La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica de Nueva Jersey se aplica a personas de 18 años de edad o más, o a menores emancipados que hayan sido víctimas de violencia doméstica por parte de un cónyuge, excónyuge o cualquier otra persona que esté o haya estado presente en el hogar. Una “víctima de violencia doméstica” también hace referencia a cualquier persona, independientemente de su edad, que haya sido víctima de violencia doméstica por parte de una persona con la que tenga un hijo o vaya a tenerlo, en el caso de que una de las partes esté embarazada. “Víctima de violencia doméstica” también hace referencia a toda persona que haya sido víctima de violencia doméstica por parte de una persona con quien haya tenido una relación de pareja. Usted y el abusador no tienen que estar casados o ser novios. Él o ella puede ser un miembro de la familia, su pareja gay o lesbiana, su compañero de cuarto, su cuidador o cualquier otro adulto que viva con usted ahora o que haya vivido con usted.

Puede obtener una orden de alejamiento entre las 8:30 a. m. y las 3:30 p. m., de lunes a viernes, al consultar la división familiar del Tribunal Superior de su condado local y comunicarle a un empleado del tribunal que desea solicitar una orden de alejamiento temporal. En días de semana, entre las 4 p. m. y las 8:30 a. m. del día siguiente, y en fines de semana y días festivos, debe dirigirse a la comisaría más cercana a su domicilio para obtener una medida de alejamiento temporal mediante un juez de la corte municipal. Si llama a la policía para denunciar el abuso y, por lo tanto, está solicitando una orden de alejamiento mediante un oficial de policía, este último le tomará declaración para realizar la denuncia y llamará al juez para informarle acerca de lo ocurrido.  En última instancia, el juez resolverá si emite o no una orden de alejamiento temporal.

Luego de que el juez emita una Orden de Alejamiento Temporal (TRO, por sus siglas en inglés), se celebrará una audiencia completa con el demandante y el demandado presentes dentro de los diez días posteriores a la solicitud de la orden de alejamiento temporal. Si el tribunal resuelve que el demandante probó lo que se alegaba en la orden de alejamiento temporal, el juez emitirá una Orden de Alejamiento Definitiva (FRO, por sus siglas en inglés) y resolverá lo siguiente:

  • que el demandado no abuse de la víctima;
  • que el demandado no se comunique con el demandante;
  • que el demandado le otorgue la posesión exclusiva de la residencia al demandante;
  • establecer la custodia temporal de los hijos y el régimen de visitas;
  • que el demandado reciba asesoramiento personal o que realice una evaluación psiquiátrica;
  • que el demandado no ingrese a la residencia o al lugar de trabajo del demandante;
  • que el demandado pague el alquiler o la hipoteca de la residencia del demandante;
  • y que el demandado no posea un arma de fuego.

Si el demandado viola alguna de las disposiciones de la orden de alejamiento por violencia doméstica, será arrestado, y si es declarado culpable lo será de desacato criminal, un delito de cuarto grado.  Un delito de cuarto grado puede tener una pena de hasta 18 meses de prisión y una multa de $10.000, aunque la pena de prisión no es obligatoria por una primera condena por desacato criminal de una orden de alejamiento por violencia doméstica. Toda persona que sea condenada por un segundo o posterior delito de desacato por violar una orden de violencia doméstica recibirá una pena mínima de 30 días de prisión.

Si usted es una víctima de violencia doméstica, ¡consulte a un abogado de inmediato!

 

 

 

 

 

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